El 7 de febrero del 2009 se promulgó la nueva Constitución Política del Estado, cuyo fundamento central como modelo de Estado es la visión plural; además, rescata la visión de la sociedad indígena, históricamente discriminada y excluida, y respeta la visión moderna occidental. Uno de los aspectos de la visión plural, por ejemplo, se traduce en el sistema de gobierno, consistente en: a) Democracia participativa referida a las consultas o referendos; b) Democracia representativa en la elección de sus representantes por voto universal, directo y secreto; y c) Democracia comunitaria en la elección y designación de sus representantes mediante procedimientos propios de las naciones y pueblos indígenas.El mismo texto constitucional indica que el funcionamiento de esta pluralidad de la democracia debe ser desarrollado mediante una ley. Ahora, precisamente el proyecto de ley transitorio del régimen electoral enviado por el Poder Ejecutivo no refleja dicha diversidad de democracia. Impone como una razón totalizante a la democracia representativa en la elección de sus representantes en todos los niveles de gobierno, o sea, para ser diputado(a) o senador(a), consejero(a) departamental o concejal municipal, uno necesita obligatoriamente ser parte de un partido político, agrupación ciudadana o indígena y ser elegido por voto secreto. Eso significa que en este proceso de cambio hay mayor imposición de la concepción liberal.
Para ser más coherentes con la Constitución, se debió también incorporar, por lo menos para el área rural y los pueblos indígenas, la elección de los representantes en diferentes niveles de gobierno mediante procedimientos propios. Eso significa que no es necesario concursar mediante un partido o agrupación ciudadana e indígena y someterse a voto universal y secreto. Es más, por ejemplo en la parte de los aymaras y quechuas, en la elección de sus consejeros departamentales y autoridades municipales tienen establecidos sus propios sistemas de turno y rotación por ayllu, pero se conflictuaba cada vuelta debido a que no eran legales. Precisamente ahora era el momento de legalizar algo que siempre se practica.
Por eso, nuevamente la visión de los indígenas ha sido botada al tacho por aquel o aquellos que han escrito el proyecto de ley.
Por otro lado, se han creado 15 circunscripciones especiales denominadas indígenas que, para aquellos que nos sentimos parte de esas poblaciones, es un insulto, ya que se ha juntado en un bolsón sólo a 15 naciones y las restantes 21 no tendrán lugar en su representación. Entonces, ¿para qué se puso en la Constitución que somos 36 naciones indígenas? Pero, mucho peor: a éstos se les obliga a someterse al voto secreto y vía partido político. Entonces, ni en sus circunscripciones especiales se respeta la visión de los indígenas, en cuanto se refiere a la elección de sus representantes.
En este sentido, lo comunitario y el Estado plurinacional corren el peligro de quedarse en el papel y huelen nuevamente a una traición a la concepción social del mundo de las sociedades indígenas.
Sin embargo, este documento creo que no ha pasado a la discusión. Queda a las organizaciones sociales, fundamentalmente indígenas, la tarea de rectificarlo.
*Félix Patzi P.
es sociólogo. Actual Secretario Ejecutivo de la Prefectura de La Paz